En el año 1.983, mediante la promulgación del Decreto –Ley 4.807, se crea legalmente el Parque Provincial Aconcagua y se establecen los límites físicos, los que determinan su superficie, en unas 71.000 hectáreas.
En el año 1.989, el Decreto 1.034, establece que el Parque será administrado por la Dirección de Recursos Naturales Renovables, con la colaboración de la Comisión Asesora Permanente.
Este Decreto ordena la realización de anteproyectos de:
- Zonificación del Parque para determinar las áreas destinadas a la recreación y a la conservación.
- Construcción de infraestructura que permita el acceso y disfrute público.
- Formación del Cuerpo de Guardaparques, guías de montaña y Patrulla de Rescate.
- Reglamentación de los servicios que se prestan en el Parque.
- Promoción de estudios e investigaciones científicas.
- Recopilación de los antecedentes legales para su ordenamiento y utilización.
La ley 5.463, aprueba la zonificación primaria, realizada por la Comisión Asesora Permanente del Parque Aconcagua, y autoriza al Poder Ejecutivo a conceder el uso por un plazo de cincuenta años de una fracción de dos hectáreas en Plaza de Mulas para la construcción del Hotel
El 28 de noviembre de 1990, el Decreto 2.819:
- Regula las actividades de andinismo y trekking en el Parque.
- Establece los aranceles de ingreso.
- Establece la Temporada Oficial, del 15 de noviembre al 15 de marzo.
- Establece el sistema de seguridad, asistencia y rescate.
- Crea el registro de guías de alta montaña.
- Crea la figura del Jefe de Area del Parque Aconcagua.
- Establece las sanciones.
A partir de este decreto, y en el marco de la ley 5.630 de Areas Naturales Protegidas, se crea y comienza a funcionar el Cuerpo de Guardaparques.
La regulación de las actividades de los Prestadores de Servicios, guías y actividades dentro del Parque, se realizó mediante Resoluciones de la Dirección de Recursos Naturales Renovables.